miércoles, 12 de mayo de 2010

EL GENERAL ANTONIO DUVERGE




  • § BIOGRAFIA

1807 – 1855

Nació en el año 1807 en las plantaciones cañeras de Hormiguero, Mayagüez, en la vecina isla de Puerto Rico. Fueron sus padres José Duvergé y María Juana Duval, de origen francés. Todo parece indicar que el padre de Antonio Duvergé era blanco y que la madre era mulata.

Durante el mandato colonial del General Ferrand se hace una invitación a los franceses para que se establecieran en la parte oriental de la isla de Santo Domingo, y acogiéndose a esta propuesta la familia Duvergé regresa en el año de 1808 a territorio criollo, instalándose en la villa del Seíbo, en donde Antonio Duvergé pasó los años de infancia y se trasladó a la villa de San Cristóbal.

Duvergé se casó en 1831 con Rosa Montas, hija de francés-haitianos residentes en San Cristóbal, con la que tuvo siete hijos. Se dedicó a actividades agrícolas y ganaderas y al corte de madera, y llegó a ser muy conocido en la comarca. Visitaba con frecuencia a los hermanos Puello que también habían nacido en Puerto Rico.

Antonio Duvergé pertenecía al movimiento dominicano separatista fundado por Juan Pablo Duarte en 1838, conocido como La Trinitaria.

A principio del mes de marzo del año 1844, pocos días después de la Independencia de la República , recibió instrucciones de Francisco del Rosario Sánchez, y expande la noticia de la ya consumada Independencia Nacional en toda la región sur del país; agrupó hombres y consiguió apoyo para la causa republicana. Con la ayuda de Francisco Soñé, ex artillero del ejército de Leclerc que se había quedado a vivir en el país, y Valentín Alcántara organizó en la villa de Azua las primeras milicias.

Su participación, valor y arrojo en la batalla independentista del 19 de marzo de 1844 comandando la vanguardia del ejército dominicano que estaba bajo la jefatura de Pedro Santana, decidió la primera victoria republicana frente al ejército de Charles Herard, Presidente de Haití, obteniendo Antonio Duvergé el rango de Coronel.

El 13 de abril de 1844, menos de un mes después de la victoria de Azua, se enfrenta de nuevo a las tropas haitianas en la batalla de “El Memiso”, en donde los invasores volvieron a morder el polvo de la derrota frente a los hombres que bajo el mando de Antonio Duvergé le tendieron una astuta emboscada.

Las hazañas y valentía de Antonio Duvergé le hicieron merecedor del rango de General de División y Jefe de los Ejércitos del Sur; sucediendo en esta posición al General Pedro Santana, quien se sintió cegado por los celos.

Importantes batallas y encuentros fueron encabezados por el General Antonio Duvergé en las campañas de 1844 y 1845. Bajo su jefatura se distinguieron bravos soldados oriundos de la región sur de la isla entre los que se encontraban Vicente Noble, Elías Piña, Valentín Alcántara y Pedro Florentino.

En 1849, con las nuevas invasiones haitianas, esta vez bajo el mando del Presidente Soulouque, Duvergé no pudo imponer su autoridad entre las tropas bajo su mando y fue llamado al mando supremo del Ejército el General Pedro Santana

Duvergé fue sometido, junto con otros oficiales, a un juicio militar. Resultó absuelto, pero cada vez eran más claros los conflictos entre él y Santana, quien en ese momento estaba al mando del país, no perdono jamás la fama y el prestigió de Duverge.

Más tarde, residiendo en la región oriental de la isla, Duvergé participó en una conspiración que tenía como objetivo derrocar el gobierno represivo del General Santana. Descubierto el movimiento golpista y perseguido y apresado sus integrantes, Antonio Duvergé pudo escapar. Pero víctima de otra traición Duvergé fue atrapado y sometido, junto a su hijo Alcides y otros compañeros, a juicio por una Corte Militar integrada por seguidores de Pedro Santana.

El General Antonio Duvergé fue condenado a muerte y ejecutado junto a su hijo de 22 años y otros compañeros, el 11 de abril de 1855 en la villa de El Seíbo.

Al concluir el macabro acto de administración de la pena capital, uno de los presentes se acercó al oficial que lo dirigió y, entre mordaz y curioso, le preguntó: "Comandante, respetuosamente, ¿y qué fue lo que le dijo el general Duvergé que usted se puso blanquito?" La respuesta del oficial, ofrecida con un dejo de emoción que resultó perceptible a pesar del tono cortante de su voz, causó estupefacción en todos los asistentes:

Me pidió como último deseo que fusiláramos primero a su hijo para evitarle el dolor de ver morir su padre.

  • CONTESTA

1-¿Donde nació Antonio Duverge y en que año?

2-¿A que se dedicaba Antonio Duverge antes de ser militar?

3-¿A qué movimiento pertenecía Antonio Duverge?

4-¿Dónde vivió Antonio Duverge los primeros años de su infancia?

5-¿En cuales batallas participo Antonio Duverge?

  • HACER UN RESUMEN DESTACANDO LOS HECHOS MÁS IMPORTANTES DE ANTONIO DUVERGE.

martes, 4 de mayo de 2010

LA PRIMERA CONSTITUCION DE LA REP.DOM.

LA PRIMERA CONSTITUCIÓN DE REP. DOM.
• La palabra constitución significa
• Forma Sistema de Gobierno.
• Conjunto de reglas fundamentales que rigen la organización y las relaciones entre los poderes públicos y fijan los grandes principios del derecho público de un estado.
NACIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN DOMINICANA
El estado Dominicano nació en la vida jurídica, el 6 de noviembre del 1844, cuando se proclama la constitución dominicana en la ciudad de San Cristóbal. Nuestra constitución se nutre de las leyes sustantivas de otros estados como son:
• La Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica, llamada Filadelfia, las leyes de Francia y en la Constitución de Cáliz de 1812. Esta constitución fue el conjunto de principios políticos y promesas en las manifestaciones dirigidas al pueblo por los Trinitarios el 16 de enero de 1844, se anunciaba que el propósito del grupo separatista era convertir la nación dominicana en un estado unitario, respetuoso de la religión católica, republicano, democrático y representativo. Al formarse la Junta Central Gubernativa, día después de la proclamación de la independencia el 27 de febrero después de las medidas para asegurar el orden interno, la administración de los servicios públicos más esenciales, la obtención de recursos humanos y económicos con que proveer a la defensa del nuevo estado con relación de Haití.
Juan Pablo Duarte fundador de la Trinitaria tenía preparado un proyecto de constitución de su propia creación. Pero no fue ese el que se presente a la constitución de San Cristóbal, sino uno diferente.
En esta asamblea figuraron hombres que conocían la Constitución Española de Cádiz de 1812, que estuvo en vigor en nuestro país, como provincia Española hasta el pronunciamiento de Núñez de Cáceres en 1821.
La Asamblea de San Cristóbal elaboro la constitución en menos de dos meses y la proclamo el 6 de Noviembre del 1844. En esta se consagro en sus líneas generales el programa político anunciado en la manifestación de agravios del 16 de enero del mismo año.
La discusión duro desde el 22 de octubre fecha en que la comisión nombrada al efecto presento su conforme y proyecto hasta el 6 de noviembre. La asamblea figuraron diputados por todas las comunes incluso las cuatro que estaban en el poder de Haití en violencia del tratado de Aranjuez o sea, San Miguel, San Rafael, INIA y las Caobas.
Los hombres más prominentes y los que más influyeron en la estructura fundamentalmente de la Constitución, que represento una de la constitución, que represento una transacción entre conversadores y liberales, fueron Manuel María Valencia y Buenaventura Báez..
La constitución estableció un gobierno Civil un sistema el Ejecutivo Presidencial, con algunas concesiones al parlamentarismo. La consagración del Gobierno civil no se logro sin fuerte pugna con el presidente Santana, quien pretendía un régimen militar de gobierno y no civil, pues el estado de guerra así lo demandaba. Al principio el congreso se mostró resistente a aceptar produciéndose entonces una crisis política que mantuvo una gran tensión entre la Asamblea constituyente y la Junta Central Gubernativa. Pero esta se resolvió, finalmente, cuando a insistencia de Tomas de Bobadilla se incluyo un nuevo artículo en el texto constitucional que estableció que ¨¨ Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la paz, el presidente de la Rep. Puede libremente organizar el ejército y la Fuerzas Armadas, movilizar las guardias de la nación, pudiendo en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estos sujetos a respo0nsabilidad alguna.
Este articulo 210 consagrada una dictadura política que invalidaba por completo las provisiones democráticas del texto constitucional. Algunos protestan por la inclusión de este articulo en la constitución tales como Buenaventura Báez, quien había sido uno de los principales redactores del proyecto original, pero esta tuvo poco eco entre los diputados porque para hacer aprobadas el texto del artículo 210, Santana había enviado a San Cristóbal, donde estaba reunida la Asamblea Constitucional un batallón de Soldados que rodeo amenazadoramente la casa donde los diputados estaban deliberando y les hizo saber la conveniencia de acatar los deseos de su jefe. Complacido de acatar los deseos de su jefe. Complacido con la inclusión del artículo, Santana entonces acepto se elegido presidente de la Republica por dos periodos consecutivos de 4 años cada uno, o sea hasta el 15 de febrero de 1852, siendo juramentado el día 13 de noviembre y procedió a nombrar su primer consejo de ministros y a designar a los gobernadores de los diferentes pueblos del país, quienes resultaron todos ser militares.
Los años que siguieron fueron difíciles para los dominicanos, pues, se hicieron grandes esfuerzos para organizar institucionalmente el país, las nuevas invasiones haitianas de 1845, y la crisis económicas que resulto como consecuencia de estas invasiones, terminaron desacreditando el gobierno de Santana cuyos ministros fueron incapaces de encontrar soluciones a los problemas económicos y cuyo presidente tenía una política dictatorial que hizo perder muchas simpatías dentro y fuera del gobierno. Después de 1844, la constitución ha tenido varías reformas la primera fue en 1854 u la ultima en 1994 pero que de un principio la inspiración políticas que de un principio la inspiro las reformas más fundamentales han sido: La reafirmación del sistema bica marista, la Supresión del refrendo ministral del acto del presidente la instauración del sufragio directo para las magistraturas políticas, reacción del recurso para los magistrados políticos, reacción del recurso de casación, la extensión de los derechos políticos a las mujeres, la supresión de la pena de muerte, la consagración explicita del poder del congreso para dictar leyes reguladoras de las relaciones obseropatronales entre otras.
Las reformas introducidas en la constitución de la nacionalidad dominicana, no obstante la adquisición de otra nacionalidad, la reelección consecutiva del presidente de la Republica, el otorgar la autonomía administrativa y presupuestaria a la Suprema corte de Justicia la creación del Consejo Nacional de la Magistratura para la designación de los Jueces de la Suprema corte otorgándole la capacidad para la designación de los demás jueces del orden judicial. Otorgando a la Suprema corte de Justicia conocer la vía directa de la Constitucionalidad de las leyes el aumento de cinco a por lo menos nueve jueces de cortes de apelaciones que habrán de funcionar para toda la republica .la celebración de elecciones separadas para elegir al presidente y vise-presidente de la republica, así como elegir a los demás funcionarios electivos, la creación de los colegios electorales cerrados para el funcionamiento de las Asambleas Electorales.
La Carta Sustantiva del Estado fue proclamada por la Asamblea Nacional Revisora el 14 de agosto de 1944.
LA ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCION DOMINICANA
La constitución Dominicana con la estructura que le ha dado las más recientes reformas, o sea, la del 14 de agosto de 1994, está integrada por 14 títulos, subdivisiones, algunos de ellos, en secciones.
El titulo 1, se refiere a la nación.
El título II, a los Derechos Individuales y Sociales.
El título III, a los Derechos Políticos.
El título IV, al Poder Ejecutivo.
El título V, al Poder Legislativo.
El título VI, al Poder Judicial.
El titulo VII, a la Cámara del Cuenta.
El título VIII, al Distrito Nacional.
El titulo IX, al Régimen de la Provincias.
El titulo X, a la Asamblea de Electores.
El titulo XI, a las Fuerzas armadas.
El titulo XII, a las Disposiciones Generales.
El titulo XIII, a las Reformas Constitucionales.
El titulo XIV, a las Disposiciones Transitorias.